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Los pagos que se hagan en comercios con tarjeta de débito se acreditarán en 24 horas

Los pagos que se hagan en comercios con tarjeta de débito se acreditarán en 24 horas

publicado en Novedades

Desde la Cámara de Comercio, Industria, Turismo, Servicios y Producción de Bariloche, informamos que por medio de un acuerdo entre el Banco Central de la República Argentina (BCRA), los bancos locales y las procesadoras de pago, los pequeños comerciantes obtendrán el dinero de las compras en tarjeta de débito en un día hábil.

El objetivo de la misma es, en primer lugar, brindar mayor liquidez a las pymes comerciales y, también, fomentar el uso de la tarjeta en lugar de dinero en efectivo. Además, por este mismo acuerdo las comisiones por estas ventas son de 0,8%, a cargo del vendedor, por debajo del 1,5% que establece la Ley de Tarjetas de Crédito.

La Ley de Tarjetas de Crédito, que rige a este tipo de operaciones, dispone que los plazos de acreditación para las compras con débito sean como máximo de tres días hábiles. Los bancos ya se habían comprometido acreditar los fondos en 48 horas y por este acuerdo voluntario, lo harán en 24 horas.

Cabe destacar también que desde julio el BCRA redujo los plazos de acreditación de las compras que se hacen con tarjeta de crédito de 10 a 8 días hábiles. Esta medida alcanza a 1,5 millón de comerciantes que perciben antes su dinero.

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19 Ago, 21
MiPyMES: Ampliación del cupo de la línea de Créditos Directos

MiPyMES: Ampliación del cupo de la línea de Créditos Directos

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La Cámara de Comercio, Industria, Turismo, Servicios y Producción de Bariloche, informa que el Ministerio de Desarrollo Productivo amplió el cupo de la línea de Créditos Directos, sin intervención bancaria, destinada a proyectos de inversión productiva de micro y pequeñas empresas y cooperativas. La ampliación alcanza los 5.000 millones de pesos y cuenta con el respaldo del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP). De esta manera, la línea llega a un total de 8.500 millones de pesos para financiamiento.

El FONDEP financiará desde $200 mil hasta $15 millones por proyecto, con un plazo de hasta 7 años, una tasa nominal anual fija en pesos del 18% y podrán ser respaldados por Sociedades de Garantías Recíprocas (SGR) y otros Fondos de Garantía.

El financiamiento deberá destinarse a la incorporación de bienes de capital nuevos, la ampliación o remodelación de la infraestructura productiva de la empresa. Asimismo, se podrá financiar capital de trabajo incremental asociado al proyecto de inversión.

Para acceder al financiamiento es necesario que la empresa cuente con un mínimo de doce meses de ventas comprobables y que se encuadre dentro de alguno de los siguientes sectores de actividad: 1. Industria. 2. Servicios industriales. 3. Agroindustria.
4. Petróleo y gas. 5. Metalmecánica. 6. Textil y calzado. 7. Autopartista.  En el caso de ser empresas lideradas por mujeres, podrán incorporarse otros sectores de actividad a criterio de la Autoridad de Aplicación.

Se podrá consultar toda la información sobre la línea y la documentación a presentar para solicitar el crédito en el siguiente link, haciendo click aqui

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17 Ago, 21
Contribuciones Patronales: Reducción para empresas que contraten nuevos trabajadores

Contribuciones Patronales: Reducción para empresas que contraten nuevos trabajadores

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El Gobierno Nacional dispuso que aquellos empleadores del sector privado que contraten nuevos trabajadores que participen o hayan participado en Programas Educativos, de Formación Profesional o de Intermediación Laboral, gozarán de una reducción de sus contribuciones patronales vigentes con destino a los siguientes subsistemas de la seguridad social: Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias; Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley N° 19.032 y sus modificatorias; Fondo Nacional de Empleo, Ley N° 24.013 y sus modificatorias; y Régimen Nacional de Asignaciones Familiares, Ley N° 24.714 y sus modificatorias.

La medida, publicada a través del Decreto 493/2021, entrará en vigencia el primer día de septiembre y resultará de aplicación para las relaciones laborales que se inicien durante los primeros 12 meses a partir de esa fecha.

Para mayor información sobre los términos y condiciones establecidos por el decreto, hacer click aquí.

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06 Ago, 21
Monotributo: Vencimientos, recategorización y moratoria

Monotributo: Vencimientos, recategorización y moratoria

publicado en Novedades

Desde la Cámara de Comercio, Industria, Turismo, Servicios y Producción de Bariloche, recordamos que la implementación ley de alivio fiscal para pequeños contribuyentes introdujo un conjunto de beneficios y modificaciones que los monotributistas deben confirmar o tramitar a través de la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Las fechas relevantes a tener en cuenta son las siguientes:


Vencimiento obligación mensual

La obligación mensual del monotributo correspondiente a junio vence el jueves 5 de agosto. La AFIP había postergado el vencimiento que operaba en el sexto mes para acompañar la discusión en el Congreso Nacional de la ley de alivio fiscal. El valor que rige para la cuota del monotributo de junio se retrotrajo al de diciembre de 2020. Las escalas que se deben tener en cuenta son las correspondientes a la Ley 27.618, que pueden consultarse en monotributo.afip.gob.ar

También este 5 de agosto opera el vencimiento de las obligaciones mensuales de entre enero y mayo para los monotributistas que aún no las abonaron. La ley de alivio fiscal contempla que las cuotas del primer semestre de 2021 sean abonadas con los valores vigentes en diciembre de 2020. Quienes tengan saldos a favor podrán reimputarlos. 

A su vez, el vencimiento de la obligación mensual de agosto se postergó hasta el 27 del mes en curso. Para el pago de los tres componentes de la cuota del monotributo de agosto -impositivo, obra social y jubilación- regirán los valores correspondientes a la recategorización que comenzó el 28 de julio y que se extiende hasta el 17 de agosto.

Moratoria para monotributistas

Entre los beneficios que habilitó la AFIP para monotributistas, previstos en la ley de alivio fiscal, se encuentra la moratoria para que los pequeños contribuyentes regularicen obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2021. El servicio web para adherirse estará disponible a partir del viernes 6 de agosto.

Este plan de facilidades, que estará habilitado hasta el 30 de septiembre, contempla la condonación de intereses y multas. Los pequeños contribuyentes podrán regularizar sus deudas en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima de 1,5% .

Recategorización

La recategorización del monotributo comenzó el 28 de julio y estará habilitada hasta el 17 de agosto. Este plazo fue dispuesto por la AFIP para garantizar que los pequeños contribuyentes realicen el procedimiento con los valores de las escalas estipuladas en la nueva ley de alivio fiscal.

Con la reglamentación de la ley de alivio fiscal para los monotributistas, la AFIP instrumentó la actualización excepcional de las escalas que contempló un incremento en la facturación máxima por categoría de hasta 77%. De esta forma, la recategorización en curso podrá realizarse con los nuevos valores.

Las escalas actualizadas pueden consultarse en monotributo.afip.gob.ar
Los montos de facturación por categoría regirán para el período comprendido entre el 1º de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022.

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05 Ago, 21